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Election 2009 Informacíon General CARGOS DE LA CIUDAD E INFORMACIÓN PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA - 2009 Las elecciones municipales son ABIERTAS y NO PARTIDISTAS. Esto quiere decir que los partidos políticos de los candidatos no aparecerán en la boleta electoral. Ud. debe ser un votante debidamente registrado de la ciudad de Las Vegas para votar en esta elección, y Ud. puede votar sin importar su afiliación de partido. La Carta Municipal de la Ciudad de Las Vegas estipula que si, en la Elección Primaria Municipal, un candidato recibe más de la mayoría de votos emitidos, es declarado electo y no se celebra Elección General Municipal. Si ningún candidato para ese cargo recibe una mayoría de votos, los nombres de los dos candidatos con el mayor número de votos aparecerán en la boleta para la Elección General Municipal. Por lo tanto, ¡SU VOTO EN LA ELECCIÓN PRIMARIA ES MUY IMPORTANTE! El mandato para el cargo de alcalde y de cada distrito concejal es de cuatro años. La Legislatura del Estado de Nevada en el 2001 extendió el mandato para los cargos de los jueces municipales de cuatro a seis años, empezando con el ciclo electoral del 2003. La Elección Primaria Municipal se llevará a cabo el martes, 7 de abril de 2009 y la Elección General, si es necesaria, se llevará a cabo el martes, 2 de junio de 2009. Los puestos para elegir son los siguientes:
CARGOS NO PARTIDISTAS PARA LA ELECCIÓN DEL 2009 CONCEJAL DEL DISTRITO 4 - Mandato de 4 años
Salario: $48,549
Interim Appointee: David W. Steinman CONCEJAL DEL DISTRITO 6 - Mandato de 4 años JUEZ MUNICIPAL PARA EL DEPARTAMENTO 1 - Mandato de 6 años Cuota para Presentar la Candidatura: Cúando Presentar la Candidatura: Dónde Presentar la Candidatura: Qué Presentar: (1) una licencia de manejar o tarjeta de identificación expedida por una entidad gubernamental que incluya una foto del candidato y el domicilio del candidato, o (2) una factura actual de servicios públicos, un estado de cuenta bancaria, un cheque de pago, o un documento expedido por una entidad gubernamental, incluyendo, sin limitación, un cheque, que indique el nombre y el domicilio del candidato. Al registrar una candidatura, se le proveerá un paquete de presentación. Este paquete contiene todo los formulario, las instrucciones e información general necesaria para cumplir con los requisitos de la Carta Municipal de la Ciudad de Las Vegas y las leyes del Estado de Nevada. Uso de Apodos en la Boleta Electoral: Cada candidato para CONCEJAL debe ser un elector calificado* que ha tenido residencia real*, contrario a tener solo el domicilio, en el distrito en el cual él / ella desea representar por un periodo no menor de 30 días inmediatamente antes del último día para presentar la Declaración para Candidatura. Cada concejal debe ser elegido por los votantes registrados del distrito en el cual él / ella es un candidato. Cada candidato para JUEZ MUNICIPAL debe de ser un abogado con licencia para practicar la ley en el Estado de Nevada, nunca haber sido destituido o retirado de ningún cargo judicial por la Comisión de Disciplina Judicial y ser un elector calificado* que ha tenido residencia real*, contrario a tener solo el domicilio, dentro de los límites de la ciudad por un periodo de no menos de 30 días inmediatamente antes del último día para presentar la Declaración para Candidatura. Cada juez municipal debe de ser elegido por los votantes registrados de la ciudad en general. * Un elector calificado es un ciudadano de los Estados Unidos, de 18 años de edad o mayor, que ha satisfecho cualquier requisito de residencia para esta elección y que además no sea descalificado por razones de traición, por condena de un delito mayor o por locura. Por favor note que si al recibir evidencia creíble indicando que un candidato ha sido declarado culpable de un delito grave y no se le han restaurado sus derechos civiles por una orden judicial, los funcionarios de presentación pueden buscar la eliminación del individuo de la boleta (NRS 293C.185). * “Residencia real” es definida en la Ley NRS 281.050 como el lugar en que una persona esta legalmente domiciliada y mantiene una habitación permanente. Si la persona mantiene más de un lugar como habitación, el lugar que la persona declare ser suyo o su principal habitación permanente cuando entregue su declaración, según la Ley NRS 293C.185, será considerada como la residencia real de la persona. Estipulaciones: Si a las 5 p.m. del último día para presentar la Declaración para Candidatura, sólo hay un candidato para cualquier cargo, ese candidato debe de ser declarado como elegido y ninguna Elección Primaria o General de la Ciudad debe de llevarse a cabo para ese puesto. Los oficiales elegidos deben satisfacer los requisitos y deben comenzar sus respectivas obligaciones el día de la primera junta regular del Consejo de la Ciudad, después de la reunión en la cual se lleva a cabo el escrutinio de los resultados electorales. (Carta constitucional de la Ciudad 5.100).
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